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Renegociación de Deudas en Chile (Ley 20.720): Guía Honesta para Salir del Hoyo

Renegociación de Deudas en Chile (Ley 20.720): Guía Honesta para Salir del Hoyo

Son las 2 de la mañana. Llevas semanas sin dormir bien. Tienes tres tarjetas al límite, el banco te llama todos los días y no sabes cómo llegar a fin de mes. Si estás leyendo esto, probablemente ya sabes que algo tiene que cambiar.

Existe una salida legal, gratuita y que muy poca gente conoce: la renegociación de deudas bajo la Ley 20.720. Este artículo te explica exactamente qué es, si aplica para tu caso y cómo dar el primer paso.

¿Estás en esta situación?

Antes de seguir, identifícate con alguno de estos síntomas:

  • Debes más de lo que ganas en un mes.
  • Pagas mínimos de tarjeta, pero el saldo no baja.
  • Tienes deudas en más de un banco o institución financiera.
  • Llevas más de 3 meses sin poder pagar alguna cuota.
  • Te han enviado a cobranza extrajudicial o ya hay juicios en tu contra.

Si te identificas con dos o más de estos puntos, la Ley 20.720 puede ser tu herramienta.

¿Qué es la Ley 20.720 y qué te permite hacer?

La Ley 20.720, conocida como la Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, creó el Procedimiento Concursal de Renegociación para personas naturales (es decir, para ti, no para empresas).

En términos simples, te permite sentarte a negociar con todos tus acreedores al mismo tiempo, con un mediador del Estado, y proponer un plan de pago que sí puedas cumplir. No un plan teórico: uno real, basado en lo que ganas y lo que gastas.

Mientras ese proceso está activo, la ley te protege:

  • Se suspenden todos los juicios de cobro en tu contra.
  • Se congelan los intereses de tus deudas.
  • No pueden rematar tus bienes.
  • No pueden descontarte directamente el sueldo (salvo pensión alimenticia).

¿Puedo usar este proceso? Los requisitos reales

Puedes iniciar una renegociación bajo la Ley 20.720 si cumples todos estos requisitos:

  1. Eres persona natural (no una empresa, SpA, ni empresa individual).
  2. Tienes 2 o más deudas vencidas hace más de 90 días.
  3. Esas deudas son con al menos 2 acreedores distintos (ej: banco + multitienda, o dos bancos diferentes).
  4. El total de tus deudas supera las 80 UF (aproximadamente $3.000.000 a $3.500.000 CLP según el mes).

Si tienes una sola deuda con un solo acreedor, este procedimiento no aplica. En ese caso, lo mejor es negociar directamente con esa institución o buscar reprogramación de crédito.

Cómo funciona el proceso paso a paso

Paso 1: Presentas la solicitud

Ingresas tu solicitud de renegociación en el sitio web de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR), o en cualquiera de sus oficinas regionales. Es gratuito y no necesitas abogado.

Paso 2: Protección automática

Desde el momento en que presentas la solicitud, entra en vigor la protección financiera concursal. Esto significa que todos los cobros se detienen mientras dura el proceso.

Paso 3: La audiencia de renegociación

Se fija una audiencia (generalmente dentro de 60 días) a la que deben asistir tú y tus acreedores. Un asesor económico de insolvencia designado por la SIR actúa como mediador. En esa reunión propones tu plan de pago.

Paso 4: El acuerdo

Si acreedores que representan más del 50% de tu deuda total aprueban el plan, el acuerdo obliga a todos tus acreedores, incluso a los que votaron en contra. Esto es clave: no pueden rechazarlo individualmente si la mayoría acepta.

Paso 5: Cumples el plan

Pagas las cuotas acordadas. Si cumples, al finalizar quedas libre de esas deudas.

¿Qué pasa si los acreedores no aceptan?

Si no se llega a acuerdo en la audiencia, tienes dos opciones:

  • Liquidación voluntaria: También gratuita. Entregas tus bienes (con excepciones: la ropa, herramientas de trabajo, una parte de tu sueldo y otros bienes inembargables quedan protegidos) a cambio de que todas tus deudas queden extinguidas. Empiezas desde cero.
  • No hacer nada y enfrentar los juicios: Esta es la peor opción, pero es una opción. Los juicios seguirán, y eventualmente podrían embargar parte de tu sueldo o rematar bienes.

Lo que la ley no puede hacer por ti

Hay deudas que no se incluyen en este proceso:

  • Pensiones alimenticias.
  • Multas e indemnizaciones por delitos.
  • Deudas tributarias con el SII (tienen un proceso propio).

Además, el proceso queda registrado en el Boletín Concursal (público), lo que puede afectar tu acceso a crédito durante algunos años. Es un costo real que debes considerar.

¿Y mis bienes? ¿Me pueden quitar la casa?

Durante el proceso, tus bienes están protegidos. Si llegas a un acuerdo, no pierdes nada. Si terminas en liquidación, la ley protege los bienes inembargables, que incluyen:

  • Ropa y muebles de uso personal.
  • Herramientas o equipos necesarios para tu trabajo.
  • El 50% de tu sueldo mensual (el resto puede ser embargado hasta un límite).
  • Pensiones y montos de seguridad social.

La casa es más compleja: si es tu única vivienda y tiene hipoteca, depende del acuerdo con el banco hipotecario. Este es uno de los puntos donde vale la pena buscar orientación legal.

El primer paso

Si crees que calificas, el primer paso concreto es entrar al portal de la SIR (superir.gob.cl) y revisar el formulario de inicio. También puedes llamar al 600 400 2000 (atención SIR) o ir a la oficina más cercana.

Si tienes dudas sobre si este proceso aplica a tu caso específico, o necesitas ayuda para preparar tu propuesta de pago, puedes contactarnos. En Cives podemos orientarte sin cobrarte por la primera consulta.